El derecho a la información es un derecho fundamental, y uno de ellos es el de la televisión vía satélite.
En las Comunidades de vecinos en régimen de propiedad horizontal, surge la polémica por existir dos derechos: el de cada propietario individual sobre su elemento privativo y el de todos los miembros de la comunidad sobre los elementos comunes.
El procedimiento para instalar una antena parabólica comunitaria varía en función del número de personas interesadas en televisión por satélite.
La instalación de un sistema común para acceso a servicios de telecomunicaciones puede ser aprobado en junta de propietarios por mayoría de un tercio de sus integrantes que representen, a su vez, un tercio de las cuotas de participación en los elementos comunes. El comienzo de las obras debe ser notificado a los propietarios al menos con dos meses de antelación, y su coste será asumido entre quienes deseen instalar la infraestructura.
Si no existe un tercio a favor de la instalación bastará con que los vecinos interesados comunique su propuesta y si no reciben respuesta en quince días de que se va a instalar una infraestructura suficiente o adaptar la existente para la recepción de esos servicios en menos de tres meses, podrían poner en marcha las obras de instalación. En estos casos, los gastos corren a cargo de los copropietarios interesados. No obstante, la infraestructura podrá ser disfrutada en el futuro por otros vecinos que así lo deseen.
Si sólo existe una persona interesada, se permitirá la instalación igual que en caso anterior, siguiendo el mismo procedimiento. El propietario que haya realizado la instalación correrá con todos los gastos de instalación, y también deberá permitir el acceso posterior a la misma por otros vecinos que no hubieran estado inicialmente interesados, abonando éstos el importe que hubiera correspondido.
En todos los casos se hará uso de zonas comunes, siendo recomendable usar la azotea o tejado, para poder convertir la instalación en colectiva, más adelante. Además, de este modo se conserva la estética del edificio y se evitan incumplimientos de las ordenanzas municipales.