La semana pasada se aprobó una ayuda de 300€ en Andalucia para autónomos que no hayan podido acogerse a la ayuda extraordaniaria de cese de actividad.
Aquellos autónomos que no han solicitado esta prestación y no tengan opción por no cumplir el requisito de reducción del 75% de ingresos en abril, podrán solicitarla.
La prestación extraordinaria por cese es más beneficiosa, con lo cual aquellos que cumplen requisitos es mejor que esta alternativa.
Tipo de ayuda
- Abono de 300 euros a la persona beneficiaria en un único pago.
- El límite para pedir la ayuda será de quince días después de declararse finalizado el estado de alarma
- Concurrencia no competitiva, hasta agotar presupuesto (50 M€)
Beneficiarios
Aquellos autónomos y mutualistas que trabajen en servicios esenciales y que han visto mermada su actividad. Un total de 99 tipos de profesiones.
Requisitos
- Ser trabajador por cuenta propia o autónomo con domicilio fiscal en Andalucía,
- Estar afiliado al RETA por Cuenta Propia o Autónomos, o en la mutualidad correspondiente
- Aquellos autónomos que tengan en su declaración de la renta una base liquidable general y del ahorro que no supere tres veces el Salario Mínimo Interprofesional (unos 39.900 euros anuales)
- No haberse acogido a la prestación extraordinaria por cese de actividad de RDL de 29 de marzo.
Cómo se solicita
- Vía telemática a través de la web de la Consejería de Empleo, Formación y Trabajo Autónomo.
- A partir del día siguiente a la publicación en BOJA del Decreto Ley aprobado en Consejo de Gobierno del 15 de abril.
- Basta con rellenar un formulario, que incluye una declaración de responsabilidad de cumplimiento de los requisitos exigidos para percibir la ayuda.
- Algunos datos que tendrá que rellenar: el DNI-NIF; domicilio fiscal; empadronamiento en Andalucía; alta en el régimen especial de la Seguridad Social o en su mutualidad alternativa; declaración del IRPF de 2018 y número de cuenta bancaria para que pueda ser percibida la ayuda.
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