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Nov25

Campaña de Inspección de Trabajo para el Control de la Jornada

Categories // Laboral

Obligación de Registro de Jornada de los Trabajadores.

Campaña de Inspección de Trabajo para el Control de la Jornada
Desde el 20 diciembre de 2013 el Real Decreto Ley 16/2013, de medidas para favorecer la contratación estable y mejorar la empleabilidad de los trabajadores, establecía en su artículo 1 la obligación para la empresa de registrar día a día la jornada de los trabajadores a tiempo parcial.

La Audiencia Nacional lo amplia a todos los trabajadores, independiente del tipo de contrato o jornada.

La inspección de trabajo obliga a la existencia de un registro de la jornada diaria, totalizarla mensualmente y una copia del resumen de todas las horas del mes al trabajador junto con su nómina. La empresa estará también obligada a consignar la jornada de los trabajadores en su contrato, y a conservar los registros de la jornada durante 4 años. Los inspectores van a comprobar la realización de horas extraordinarias no declaradas o compensadas.

En caso de incumplimiento del registro del contrato a tiempo parcial, según dicha norma, el contrato se presumirá celebrado a jornada completa, salvo prueba en contrario que pudiera acreditar el carácter parcial de los servicios.

Así mismo, la Ley de Infracciones del Orden Social establece sanciones por incumplimiento, pudiendo implicar:

  • En el caso de defectos de forma, conllevaría una multa de entre 60 y 625 euros.
  • Si se trata de una infracción en el horario realizado por el trabajador, la sanción podría oscilar entre 626 y 6.250 euros.
  • En el caso de hechos de extrema gravedad, podría considerarse una falta muy grave, con multas de hasta 187.515 euros.

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