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aeatRD-ley 9/2015, medidas urgentes para reducir la carga tributaria soportada por los contribuyentes del IRPF (BOE 11-7-2015).

A partir del 12 de julio de 2015, se reducen los tipos de retención aplicables para este año.

La Agencia Tributaria (AEAT) acaba de habilitar en su página web el Programa de Ayuda para el Cálculo de Retenciones aplicable a los rendimientos de trabajo que se satisfagan o abonen a partir del 12 de julio de 2015, y que será de aplicación en la nómina de agosto.


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Los cambios se resumen en el siguiente cuadro publicado por la AEAT:


TABLA DE RETENCIONES E INGRESOS A CUENTA DEL IRPF

DESDE JULIO 2015


Clase de renta Procedencia Tipo
aplicable
2015 (Hasta el 12 julio de
2015)
Tipo aplicable (A partir 12 julio
2015)
Tipo aplicable
2016
MOD. RESUMEN ANUAL CLAVE
Trabajo Relaciones laborales y estatutarias en general Variable según procdmt. general (algoritmo) Variable según procdmto. general (algoritmo) Variable según procdmto. general (algoritmo) 190 A
Pensiones y haberes pasivos del sistema público (S. Social y Clases Pasivas 190 B.01
Pensiones de sistemas privados de previsión social 190 B.02
Pensionistas con dos o más pagadores: procedimiento especial del art. 89.A RIRPF 190 B.03
Prestaciones y subsidios por desempleo 190 C
Prestaciones por desempleo en la modalidad de pago único (solo rein tegro prestac. Indebidas) 190 D
Consejeros y administradores (de entidades cuyo importe neto cifra negocios ultimo periodo impositivo finalizado con anterioridad al pago de rendimientos
>100.000 euros) (art.101.2 LIRPF y 80.1.3ºRIRPF)
37 por 100 37 por 100 35 por 100 190 E.01 E.02
Consejeros y administradores (de entidades cuyo importe neto cifra negocios ultimo periodo impositivo finalizado con anterioridad al pago de rendimientos
<100.000 euros) (art.101.2 LIRPF y 80.1.3ºRIRPF)
20 por 100 19,5 por 100 19 por 100 190 E.01 E.02
Cursos, conferencias, seminarios, … (art. 80.1.4º RIRPF y 101.3 y D.A. 31ª.3.a)
LIRPF).
19 por 100 15 por 100 15 por 100 190 F.02
Elaboración de obras literarias, artísticas o científicas (art. 80.1.4º RIRPF y 101.3
y D.A. 31ª.3.a) LIRPF).
19 por 100 15 por 100 15 por 100
Atrasos (art. 101.1 LIRPF) 15 por 100 15 por 100 15 por 100 190  
Régimen fiscal especial aplicable a trabajadores desplazados a territorio español
(art. 93.2.f y D.A. 31ª.2.e) LIRPF):
Hasta 600.000 euros…………………………………………………………………. Desde 600.000,01 euros en adelante (retribuciones satisfechas por un mismo pagador) .................
24 por 100
47 por 100
24 por 100
47 por 100
24 por 100
45 por 100
   
Actividades profesionales Con carácter general (art. 101.5 y D.A. 31ª.3.a) LIRPF). 19 por 100 15 por 100 15 por 100 190 G.01
Determinadas actividades profesionales (recaudadores municipales, mediadores
de seguros…)
9 por 100 7 por 100 7 por 100 190 G.02
Profesionales de nuevo inicio (en el año de inicio y en los dos siguientes) 9 por 100 7 por 100 7 por 100 190 G.03
Si Rtos Integros de actividades profesionales del ejercicio anterior < 15.000 € (y,
además, tal importe > [0,75 x (Rtos Integros totales aa.ee + Rtos trabajo del contribuyente, del ej. Anterior)] (art 101.5 y D.A. 31ª.3.a) LIRPF).
15 por 100 Suprimido Suprimido 190 G.04
Otras actividades económicas Actividades agrícolas y ganaderas en general (art. 95.4 RIRPF) 2 por 100 2 por 100 2 por 100 190 H.01
Actividades de engorde de porcino y avicultura (art. 95.4 RIRPF) 1 por 100 1 por 100 1 por 100 190 H.02
Actividades forestales (art. 95.5 RIRPF) 2 por 100 2 por 100 2 por 100 190 H.03
Actividades empresariales en EO (art. 95.6 RIRPF) 1 por 100 1 por 100 1 por 100 190 H.04
Rendimientos del art. 75.2.b): cesión derecho de imagen   (art. 101.1 RIRPF) 24 por 100 24 por 100 24 por 100 190 I.01
Rendimientos del art. 75.2.b): resto de conceptos (art. 101.2 RIRPF) 20 por 100 20 por 100 19 por 100 190 I.02
Imputación Rentas
por cesión derechos imagen
(art. 92.8 y D.A. 31ª.3.e) LIRPF, y art. 107 RIRPF) 20 por 100 20 por 100 19 por 100 190 J
Ganancias patrimoniales Premios de juegos, concursos, rifas… sujetos a retención, distintos de los sujetos
a GELA (101.7 y D.A. 31ª.3.d) LIRPF)
20 por 100 19,5 por 100 19 por 100 190 K.01
Aprovechamientos forestales en montes públicos 101.6 y D.A. 31ª.3.d) LIRPF y
99.2 RIRPF)
20 por 100 19,5 por 100 19 por 100 190 K.02
Otras Ganancias patrimoniales Transmisión de Derechos de suscripción (art. 101.6 LIRPF): a partir de 1.1.2017,
al 19%
         
Transmisión de acciones y participaciones en Instituciones de Inversión Colectiva
(Fondos de Inversión) (art. 101.6 y D.A. 31ª.3.d) LIRPF)
20 por 100 19,5 por 100 19 por 100 187 C,E
Capital Mobiliario Derivados de la participación en fondos propios de entidades (art. 25.1, 101.4 y
D.A. 31ª.3.d) LIRPF;y 90 RIRPF))
20 por 100 19,5 por 100 19 por 100 193 A
Cesión a terceros de capitales propios (cuentas corrientes, depósitos financieros, etc..art. 25.2 y D.A. 31ª.3.d) LIRPF) 20 por 100 19,5 por 100 19 por 100 193/194/1
96
Según modlo
Operaciones de capitalización, seguros de vida o invalidez e imposición de capitales 20 por 100 19,5 por 100 19 por 100 188 No clave
Propiedad intelectual, industrial, prestación de asistencia técnica (art. 101.9 y
D.A. 31ª.3.d) LIRPF)
20 por 100 19,5 por 100 19 por 100 193 C
Arrendamiento y subarrendamiento de bienes muebles, negocios o minas (art.
101.9 y D.A. 31ª.3.d) LIRPF)
20 por 100 19,5 por 100 19 por 100 193 C
Rendimientos derivados de la cesión del derecho de explotación de derechos de imagen (art. 101.10 LIRPF) siempre que no sean en el desarrollo de una actividad
económica
24 por 100 24 por 100 24 por 100 193 C
Capital Inmobiliario Arrendamiento o subarrendamiento de bienes inmuebles urbanos (art. 101.8 y
D.A. 31ª.3.d) LIRPF; y 100 RIRPF)
20 por 100 19,5 por 100 19 por 100 180 No clave

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