
¿Como afecta?
- Sin límite de importe
- Clausula de gastos compartidos
- Concepto 140 caracteres
- Utilización IBAN como identificación de cuenta
- Tiempo ejecución máximo un día
- Formatos C34.14/ISO 20022 transferencias y cheque en euros (AEB)/XML europeo.
Órdenes de domiciliación:
- Nuevas denominaciones:
recibo domiciliado= adeudo básico o Core; anticipo crédito= adeudo SEPA o B2B
- Sin límite de importe
- Clausula de gastos compartidos
- Formato estándar
- Concepto 140 caracteres
- Identificación cuenta IBAN
- Formato: C.19.14/XML ISO 20022 Core (AEB)/XML europeo
C.19.44/XML ISO 20022 B2B (AEB)/XML europeo (adeudo directo)
- Devoluciones:
operaciones no autorizadas: 13 meses
operaciones autorizadas: 8 semanas
sin derecho (B2B)
- No financiables los adeudos SEPA.
- Afecta a las tarjetas de débito y crédito.
- Obligatorio chip.
- Obligatorio autorizar con el PIN de la tarjeta para confirmar la compra.
¿Cuándo?
1 de febrero de 2014
Será obligatoria la utilización de estos instrumentos de pago SEPA, en España se puede mantener los códigos nacionales (CCC) hasta 2016, mediante la utilización de servicios de conversión aportados por las entidades bancarias. El proceso de migración a SEPA será obligatorio.
1 de febrero de 2016
Fecha límite, a partir de la cual, los ficheros de transferencias y adeudos deben estar en formato XML (salvo microempresas y consumidores).
IBAN (International Bank Account Number)
BIC (BANK IDENTIFIER CODE)
Qué es SEPA?
La SEPA, “Single Euro Payment Area” (en castellano “Zona Única de Pagos en Euros”) es una zona, dentro de Europa, en la que los ciudadanos, empresas y otros agentes económicos pueden realizar cobros y pagos en euros, dentro y fuera de las fronteras nacionales con igualdad de condiciones, derechos y obligaciones, independientemente de su ubicación.
La zona SEPA la integran los 27 países miembros de la Unión Europea, junto con Liechtenstein, Islandia, Noruega, Suiza y Mónaco.
La SEPA es un paso más en la integración económica y monetaria en Europa; una forma de realizar pagos de forma eficaz, segura, sencilla y transparente
¿Como afecta?
Los formatos e instrumentos de pago nacionales (transferencias, adeudos bancarios y pagos con tarjeta) serán sustituidos progresivamente por los nuevos sistemas europeos normativa SEPA.
Las nuevas características de los instrumentos de pago afectados por la implantación de la zona única SEPA son:
Transferencias:
-Sin límite de importe
-Clausula de gastos compartidos
-Concepto 140 carácteres
-Utilización IBAN como identificación de cuenta
-Tiempo ejecución máximo un día
-Formatos C34.14/ISO 20022 transferencias y cheque en euros (AEB)/XML europeo.
Órdenes de domiciliación:
-Nuevas denominaciones:
recibo domiciliado= adeudo básico o Core; anticipo crédito= adeudo SEPA o B2B
-Sin límite de importe
-Clausula de gastos compartidos
-Formato estándar
-Concepto 140 caracteres
-Identificación cuenta IBAN
-Formato: C.19.14/XML ISO 20022 Core (AEB)/XML europeo
C.19.44/XML ISO 20022 B2B (AEB)/XML europeo (adeudo directo)
-Devoluciones:
operaciones no autorizadas: 13 meses
operaciones autorizadas: 8 semanas (Core)
sin derecho (B2B)
-No financiables los adeudos SEPA.
Tarjetas:
-Afecta a las tarjetas de débito y crédito.
-Obligatorio chip.
-Obligatorio autorizar con el PIN de la tarjeta para confirmar la compra.
¿cuándo?
1 de febrero de 2014
Será obligatoria la utilización de estos instrumentos de pago SEPA, en España se puede mantener los códigos nacionales (CCC) hasta 2016, mediante la utilización de servicios de conversión aportados por las entidades bancarias. El proceso de migración a SEPA será obligatorio.
Fecha máxima de obligtoriedad del BIC en transacciones nacionales.
1 de febrero de 2016
Fecha límite, a partir de la cual, los ficheros de transferencias y adeudos deben estar en formato XML (salvo microempresas y consumidores).
Será BIC obligatorio en transacciones transfronterizas hasta esta fecha máximo.
Puede ampliar esta información:
http://www.sepaesp.es/sepa/es/
Folleto Banco de España.