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tesoreria seguridad socialSegún establece el RD-Ley 1/2015 de 27-02-15, publicado en el BOE de 28-02-15, las empresas que contraten a un trabajador de manera indefinida, se podrán beneficiar mensualmente de una nueva bonificación. Los primeros 500 euros de la base de cotización, por contingencias comunes estarán exentos de cotizar a la Seguridad Social (el resto de contingencias, seguirán cotizando como hasta ahora).

La bonificación variará en función del tipo de contrato:
  • Contrato a tiempo completo. Quedarán exentos de cotizar los primeros 500 euros de la base de cotización por contingencias comunes mensuales.
  • Contrato a tiempo parcial. Para poder beneficiarse, la jornada tendrá que ser de al menos el 50% de la jornada de un trabajador a tiempo completo. La exención se aplicará de forma proporcional. (Por ejemplo, para un contrato de cuatro horas diarias, frente a las 8 de un trabajador de jornada completa, se aplicarán 250 euros mensuales de exención)
Esta bonificación se podrá aplicar durante los dos primeros años del contrato y en caso de empresas con plantillas de menos de 10 trabajadores, podrán beneficiarse durante un tercer año más, de una exención de los primeros 250 euros, en las cotizaciones por contingencias comunes.

Esta nueva bonificación será aplicable para los contratos celebrados hasta el 31 de Agosto de 2016 y como siempre habrá que cumplir una serie de requisitos:

  • Que la empresa no haya extinguido contratos que hayan sido declarados improcedentes, en los 6 meses anteriores a la contratación
  • El nuevo contrato que se formalice tiene que suponer un incremento tanto del nivel de empleo indefinido como del empleo total (para poder calcular este dato, se tomará el promedio diario de trabajadores en la empresa en los treinta días anteriores al contrato bonificado).
  • Mantener durante 36 meses, a contar desde la contratación del nuevo trabajador, el nivel de empleo indefinido y el nivel de empleo total alcanzado.

Para más información, puede ver todo real decreto en formato PDF:
http://www.boe.es/boe/dias/2015/02/28/pdfs/BOE-A-2015-2109.pdf

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