
El nuevo modelo incorpora los cambios introducidos en el nuevo Reglamento de las ETT.
Las empresas tendrán que ajustarse obligatoriamente al nuevo modelo, aunque se considerarán válidos los contratos que no eliminen ninguno de los conceptos del modelo oficial ni modifiquen su denominación, o los que tengan modificaciones solo de caracter formal o incorporen elementos de información.
Enlace nuevo modelo de contrato de puesta a disposición trabajadores ETT.